dimecres, 28 de febrer del 2018

Crédito documentario vs carta de credito stand-by

Las cartas de crédito son un medio de pago muy confiable para actividades relacionadas con el comercio exterior, y se utiliza para garantizar diferentes clases de obligaciones, en el cual si el solicitante no cumple con los compromisos adquiridos, el banco garantiza el pago.



El Comercio Internacional es una actividad en la que es de vital importancia la manera de pago y cobro de las compraventas internacionales, exportaciones e importaciones, con el añadido de que dada la complejidad de las operaciones que se realizan, escoger la forma de pago más eficiente, es decir la que permita obtener la máxima seguridad del cobro a los menores costos posibles, según el tipo de operación o partes involucradas, es básico para la obtención de precios competitivos que permitan la entrada a mercados extranjeros.

Por lo que, en el comercio comercio internacional se han ido creando una gran variedad de medios o herramientas que aseguran al vendedor el pago, la carta de crédito es una de esas opciones.

La carta de crédito es un documento emitido por un banco (emisor) por orden y petición expresa de un cliente (ordenante/importador), por el que autoriza al beneficiario (exportador) a librar una letra de cambio contra dicho banco o contra otra entidad bancaria designada en la propia carta, comprometiéndose al pago de la misma, siempre que esté emitida de conformidad con las condiciones de la carta de crédito y acompañada de los documentos requeridos.

La carta de crédito stand by (o crédito contingente) no constituye un medio de pago propiamente dicho sino que funciona más como una garantía frente al posible impago de un importador. La carta de crédito stand by funciona como una garantía presentada por el banco del importador que ampara al exportador del posible impago de las mercancías objeto de compraventa.

La Cámara de Comercio Internacional (CCI) regula la carta de crédito stand-by en dos de sus publicaciones: las UCP 600 con carácter general y, más concretamente, las UCP 590 “International Stand by Practices”.

La gran diferencia operativa entre la carta de crédito stand-by y las cartas de crédito normales es que en la carta de crédito normales hay que presentar la documentación al banco como condición necesaria para cobrar la exportación y en la carta de crédito stand by sólo hay que presentar la documentación al banco para cobrar si el importador ha dejado de pagar en el plazo previsto.
Las principales ventajas de la carta de crédito stand by frente a las cartas de crédito normales.

La carta de crédito stand-by resulta menos compleja operativamente para el exportador que las cartas de crédito normales, ya que el exportador sólo debe presentar la documentación exigida en las cartas de crédito en caso de impago del comprador.

En relación a los avales ordinarios, hay una absoluta desvinculación entre ellos y la operación comercial que amparan. Así pues, mientras que una disputa comercial sobre el cumplimiento o incumplimiento de alguna de las partes puede contaminar la garantía que representan los avales ordinarios, la carta de crédito stand by no se ven afectados de ningún modo, y ante el impago, el exportador presenta los documentos estipulados al banco y éste (si los documentos son formalmente conformes) debe pagar.

La carta de crédito stand-by se emiten bajo la regulación internacional CCI, mientras que los avales ordinarios están sometidos a la legislación de los países de los bancos que avalan las operaciones.

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Fuente: Bancomext, Foreign Trade.